
ARTICULO 59. ACCIONES QUE CON LLEVAN A SITUACIONES TIPO I (faltas leves)
59.1 Se llaman faltas leves a toda contravención que viola la formación de buenos hábitos, deberes y obligaciones que no afectan gravemente a otro y/o a la comunidad como las siguientes:
59.1.1 Tres llegadas tarde al colegio sin justificación
59.1.2 La inasistencia reiterada a clases sin justificación
59.1.3 Interrupción de las actividades académicas y/o curriculares mediante actuaciones que impidan el normal desarrollo como: charlar constantemente, oÃr música, usar celulares, etc.
59.1.4 La ausencia de familia a las reuniones, citaciones de rectorÃa, coordinación o profesores cuando se envÃen con los estudiantes
59.1.5 Permanecer junto a las ventanas y puertas del salón cuando el docente o la docente este o no este en el aula de clases.
59.1.6 Utilizar accesorios diferentes al uniforme.
59.1.7 Asistir al colegio con el uniforme en mal estado (Nota: Se considera en mal estado el uniforme sucio, sin planchar, la falda demasiado corta, los a zapatos sin embetunar y/o sin cordones y los tenis sucios y/o sin cordones).
59.1.8 Traer el uniforme que no corresponde al horario establecido.
59.1.9 El uso de aretes en los varones, maquillarse, arreglarse o permanecer maquillada durante las clases.
59.1.10 No entregar circulares en las fechas indicada y no traer los desprendibles firmados.





