
ARTICULO 60. ACCIONES QUE CONLLEVAN A SITUACIONES TIPO II (Faltas Graves).
60.1 Aquellas que muestran deficiencia en cuanto a la comprensión y puesta en práctica de los presupuestos éticos, morales y éticos del colegio que “implican directamente a las personas que las comete y afecta a otras”. La reincidencia y acumulación de faltas LEVES, sin mostrar cambio ante los correctivos impuestos, así como también las siguientes:
60.1.1 Los términos altaneros y bajas expresiones y/o además de la institución y fuera de ella.
60.1.2 Utilizar agua, harina, sustancias químicas, pólvoras y otros detonantes o cualquier elemento detonante en sitios donde haya presencia del colegio o fuera del.
60.1.3 Riñas o peleas con compañeros o compañeras o con cualquier persona de la institución.
60.1.4 No someterse a una sanción impuesta, salvo cuando él o la estudiante después de haber agotado el conducto regular apele al estamento establecido en el conducto regular Artículo 16.25 parágrafo.
60.1.5 Fraude o intento de fraude en cualquier evaluación.
60.1.6 Hacer burlas o mofarse durante actos solemnes, cuando habla una autoridad.
60.1.7 Encubrir las faltas de los compañeros o las compañeras o tratar de interferir o entorpecer una investigación adelantada por la dirección y el personal docente.
60.1.8 Hacer letreros o grafitis en pupitres, paredes, puertas, baños o mesas, y además bienes de la institución.
60.1.9 Desobedecer con intención manifiesta los preceptos de este manual o las ordenes de alguna autoridad.
60.1.10 Todo comportamiento que dentro de colegio desdiga de su condición de estudiante y comprometa el prestigio de la institución.
60.1.11 Fugarse o salir del panel por medios, formas o lugares ilícitos en colectiva o individual.
60.1.12 Mal comportamiento en actividades comunitarias.
60.1.13 Impedir el normal desarrollo de las actividades académicas por su reiterada indisciplina.
60.1.14 Denigrar del colegio con hechos o palabras dentro y/o fuera del mismo.
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